miércoles, 30 de marzo de 2016

Introducción
El gobierno es el medio por el cual se hace cumplir la política del Estado, así como el mecanismo para determinar la política del Estado. El Gobierno normalmente se conforma de legisladores, administradores y árbitros. Los gobiernos pueden clasificarse en varias formas. Algunas de las formas más comunes de los gobiernos son:



La República

La República es un sistema organizativo del Estado donde el ejercicio del gobierno recae sobre una o varias personas, elegidas mediante voto popular o parlamentario, por periodos de tiempo limitados, para representar los intereses de los ciudadanos. La palabra proviene del latín res publica, que significa 'la cosa pública', 'lo que es común'.
El sistema republicano nace como expresión alternativa al de tipo monárquico, donde todo el poder es ejercido por una persona, generalmente el rey, de manera indefinida y hereditaria. Sin embargo, actualmente existen regímenes de monarquías parlamentarias, como es el caso de España, donde el rey cumple esencialmente un papel representativo como Jefe de Estado, pero el resto de los cargos gubernamentales son de elección popular y temporalidad limitada.
En la modernidad, el modelo republicano delinea más claramente el perfil con que lo conocemos actualmente, con la separación de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, que procura un equilibrio que asegure la estabilidad del Estado, la libertad, la justicia y la igualdad. En buena medida, se alimentó de los ideales de la Ilustración, enunciados principalmente por Montesquieu, Voltaire, Jean-Jacques Rousseau y John Locke.
Las primeras repúblicas modernas en Latinoamérica surgen durante este periodo. Las colonias españolas inician en el siglo XIX una serie de guerras cuyo objetivo era desvincularse de la corona española para instaurar nuevos sistemas republicanos. Así nacen Ecuador, Venezuela, Argentina, Colombia, México, Chile, Uruguay, Paraguay, Perú, Panamá y Bolivia.
Ejemplos de repúblicas federales abundan en el mundo. En Latinoamérica encontramos los casos de México, conformado como una federación de 31 estados y un distrito federal; Argentina, con 23 provincias y una ciudad autónoma; o Brasil, constituido por 26 estados y un distrito federal.

República federal
La república federal, también denominada Estado federal, federativo o, simplemente, federación, es un sistema de organización del Estado conformado por entidades sociales, territoriales y políticas, conocidas también como estados, cantones, regiones o provincias, que se asocian y subordinan bajo un esquema de gobierno federal y gozan de cierto nivel de autonomía en lo respectivo a su gobierno y legislación. Los sistemas federales generalmente poseen dos niveles de gobierno, uno federal y otro local, que se coordinan y complementan en lo relativo a sus atribuciones, facultades y funciones. Todo ello se encuentra expresado en el marco jurídico de un texto constitucional común, que recoge los principios legales de los estados que conforman la federación.


La democracia

El concepto conocido en español como democracia tiene sus bases en el antiguo griego y se forma al combinar los vocablos demos (que se traduce como “pueblo”) y kratós (que puede entenderse como “poder” y “gobierno”). La noción comenzó a ser empleada en el siglo V A.C., en Atenas.
En la actualidad, se entiende que la democracia es un sistema que permite organizar un conjunto de individuos, en el cual el poder no radica en una sola persona, sino que se distribuye entre todos los ciudadanos. Por lo tanto, las decisiones se toman según la opinión de la mayoría.
También se entiende como democracia al conjunto de reglas que determinan la conducta para una convivencia ordenada política y socialmente. Se podría decir que se trata de un estilo de vida cuyas bases se encuentran en el respeto a la dignidad humana, a la libertad y a los derechos de todos y cada uno de los miembros.

En la práctica, la democracia es una modalidad de gobierno y de organización de un Estado. Por medio de mecanismos de participación directa o indirecta, el pueblo selecciona a sus representantes. Se dice que la democracia constituye una opción de alcance social donde para la Ley todos los ciudadanos gozan de libertad y poseen los mismos derechos, y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.


Régimen Representativo

El sistema representativo es un uno de los seis principios básicos o decisiones fundamentales; que son estructura, base y contenido fundamental de la Organización Oolítica del Estado Mexicano, sobre los cuales descansa nuestro sistema jurídico constitucional, por lo tanto, estas decisiones fundamentales no pueden ser reformadas por un congreso ordinario, pues como bien señala Jorge Carpizo: “La constitución de un Estado está integrada por decisiones fundamentales, en conjunto, y no pueden ser tocadas por los poderes estatales”.
Es en ese sentido que, el artículo 40 de nuestra Carta Magna de 1917 establece que: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta ley fundamental”.
Así entonces, este articulo indica que como forma de gobierno tenemos al Régimen representativo precisamente al disponer: "Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa”.
Este artículo expresa entonces que el pueblo, en ejercicio de su soberanía; construye la organización política que desea darse y la forma de la misma, ya que, si bien es cierto, nuestro sistema es democrático, y la democracia es entonces, el gobierno de “todos” para beneficio de “todos”, luego entonces debemos de comprender, por simple lógica, que no es posible que, en las grandes colectividades, participen todos por igual en las funciones de gobierno.
De ahí que el pueblo, en estricto uso de su soberanía, designe o elija como representantes a los que quiere que lo gobierne; aunque eso sí, con la participación directa del pueblo en la designación de aquéllos, ahora bien, cabe señalar que, en los gobiernos de régimen representativo, la designación de mandatarios puede hacerse en dos formas: una directa e inmediata por parte del pueblo, y otra indirecta, es decir, a través de intermediarios.
De cualquier forma, será, como dice Heller, citado por Jorge Carpizo: “La representación es una institución subordinada en forma absoluta al pueblo”.
Sin embargo, habrá que precisar que el sistema representativo fue ideado ante la imposibilidad de ejercer físicamente el gobierno directo; de tal manera que, a través del sistema representativo el Pueblo está presente en las sesiones de los órganos legislativos ¡por conducto de los diputados! que el pueblo mismo eligió, por lo tanto, los diputados son los genuinos representantes del pueblo, y no sólo de un distrito o región, pues la circunscripción territorial está diseñada solamente para ordenar el sistema electoral y no para constreñir la representación popular a una parte mínima del territorio, ya sea éste nacional o estatal.
La teoría clásica de la representación, indica que en la historia constitucional de México los diputados representan la nación; pues simbolizan la voluntad nacional y ejercen la soberanía, que es indivisible, en tal sentido, el diputado tendrá que sacrificar los particulares intereses personales o los de su distrito, pero ¡sobre todo a los de su partido! o los supremos intereses nacionales.
Por otra parte, Mario de la Cueva afirma que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial no son representantes de la nación; porque su actuación se limita a la aplicación de las leyes, por ello, en congruencia con lo expresado, al hablar de representantes, lo hago sólo, en lo que se refiere a las cámaras de diputados y a los ayuntamientos que, además, son los órganos en donde el principio democrático de nuestro sistema político reconoce la pluralidad política de la sociedad mexicana, en estos órganos, legislativos los primeros y de gobierno los segundos, se da la interacción y el debate político entre mayorías y minorías electorales ya que, debido a la reforma política de 1963 que constitucionalizó a los partidos políticos, se estableció, además el sistema de diputados de partido, por lo tanto, en nuestro sistema existen en la integración de estos órganos, dos principios: el de la mayoría relativa y el de la representación proporcional.
Esta integración permite una mayor riqueza en el debate a partir del intercambio de ideas de las diversas fuerzas políticas representadas; ahora bien, lo que no se debe olvidar nunca es que, es la mayoría la que decide, pues el pueblo, en uso de su soberanía, decidió con su voto cuál corriente o que grupo de personas deben ser mayoritaria, esto quiere decir que la única voluntad permanente e inapelable en nuestro sistema político es la del pueblo, a cuyo juicio deben someterse los partidos políticos.
De este modo, los partidos políticos en México deben desechar la idea de que los espacios de representación popular de mayoría relativa y de presentación proporcional; son espacios exclusivos permanentes, pues hoy la competitividad electoral es más intensa y con el perfeccionamiento del sistema electoral las posibilidades para alcanzar la mayoría son mínimas.


Sufragio Universal

Principio organizativo propio de los Estados democráticos, en virtud del cual la totalidad de los ciudadanos mayores de edad deben integrar el Cuerpo electoral, de modo que el ejercicio del poder estatal se base efectivamente en el consenso de todo el pueblo. Conforme a este principio, las exclusiones del derecho de sufragio deben establecerse respetando el principio de igualdad, pueden basarse sólo en circunstancias individuales de la persona (como la incapacidad civil o la violación de la ley que entrañe determinadas condenas) y no pueden implicar, en cambio, la exclusión de sectores significativos de la población. Así constituye una contradicción la fórmula del «sufragio universal masculino», que históricamente ha precedido a la plena acogida del principio, como también la exclusión de los analfabetas. La misma exclusión del derecho de sufragio de los residentes extranjeros acaba por chocar con el principio democrático cuando los anteriores son muy numerosos, por lo que los ordenamientos más avanzados les atribuyen (aunque sólo en algunos procesos electorales) el voto.


El sufragio universal se halla consagrado, en nuestra Constitución, en relación con el Congreso de los Diputados, el Senado, los Ayuntamientos y las Asamblea legislativa de comunidad autónoma a que se refiere el artículo 23.1 "Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal".


Soberanía

En la definición clásica de BODINO, «poder supremo sobre los ciudadanos y súbditos no sometido a las leyes». Al comienzo del Estado moderno, el concepto surge como elemento defensivo de su independencia frente a otros poderes (Imperio, Iglesia, seres feudales); posteriormente, la idea de soberanía sirve para fortalecer y extender el poder del monarca absoluto. En su doble vertiente de poder supremo en el interior e independiente del exterior, la soberanía constituye en adelante atributo esencial del Estado, discutiéndose sólo sobre el órgano titular de la soberanía, que poseerá el derivado poder de legislar. De la creencia en el poder divino de los reyes se pasará a las teorías pactistas, para desembocar, con la Revolución francesa, en las concepciones de soberanía nacional y soberanía popular.
Es el atributo básico del Estado, compendiando la suma de potestades supremas sobre el territorio y población integrados en la estructura nacional correspondiente. Si al comienzo del Estado moderno el concepto de soberanía sirve para subrayar el poder supremo del Estado frente a otros poderes que podían irrogarse potestades superiores (Iglesia o el Imperio), actualmente la soberanía es una cualidad que sólo puede predicarse del Estado como expresión de su poder supremo en el interior del mismo y de su independencia en el exterior y frente a los demás Estados. En cuando al fundamento de la soberanía, que inicialmente se identifica con el poder divino de los monarcas o soberanos, se reconoce ahora la legitimación de la soberanía en la base nacional o popular. Como consecuencia de la evolución de las doctrinas y formulaciones constitucionales, aparece la soberanía compartida, en la que la potestad suprema -generalmente identificada con la de dictar leyes- se atribuye al parlamento actuando con el monarca.
Es un poder soberano, es decir, un poder que no reconoce ningún otro por sobre él, tanto en el orden interno como en el internacional. La soberanía es un elemento modal de la estructura dinámica de la forma política moderna. Cualifica el Poder y determina sus relaciones con el estado y los restantes elementos de la estructura.
Convierte a un determinado poder político en supremo, adicionando a su capacidad de dirección, la de obrar como instancia final de decisión, acción y sanción. Como consecuencia de esto, el Poder determinado como soberano, dentro del ámbito de su actividad, no se encuentra subordinado a ningún otro; tiene superioridad, siendo, en su especie, el Poder más alto.
Convierte a un determinado poder político en supremo, adicionando a su capacidad de dirección la de obrar como instancia final de decisión, acción y sanción.
El Poder determinado como soberano, dentro del ámbito se su actividad, no se encuentra subordinado a ningún otro; tiene superioridad, siendo, en su especie, el Poder más alto.
La soberanía se encuentra relacionada con el imperio de la ley, segundo elemento modal de la estructura del estado. Hay una relación funcional entre ambos. La una hace posible la existencia de la otra. El orden jurídico impera en función de la soberanía.
Como cualidad del poder, se refiere al poder en el estado, es comprendida como soberanía interior y determina aquel poder en el estado que no reconoce a ningún otro por encima de él. Ese poder es el Poder constituyente y reside en la Nación o pueblo, quien confiere poder de autoridad o dominación a sus representantes, con el fin del ejercicio concreto del poder constituido.
La Nación, como un todo indivisible, es titular de la soberanía.

9 comentarios:

  1. Me parecen temas muy destacados, ya que algunas persona no sabemos su el papel que toman en nuestra forma de gobierno.

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  2. interesante... demos indagar mas en nuestro sistema que nos gobierna.. de ahí que muchos ignoren sus derechos, como esta constituido el sistema político de nuestro estado. Para muchos un tema aburrido, pero creo que el pueblo debe de saber de estos temas. Así evitaríamos muchos "grandes males"

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  3. Son temas sencillos pero que debemos de estar informados ya que estan a la orde Del dia, son temas en sí de politica, bien

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  4. tema importante para nosotros, para saber que significado tiene cada unos de esos puntos, son temas que algunos no saben muy bien sobre su significado. también estos puntos a parecen en nuestra constitución que es en el Art 39 sobre la soberanía y en el 40, que somos un república representativa, democrática y federal. buen tema.

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  5. Hubieras a completado la información con el art 39 constituciónal

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  6. Gracias por sus comentarios y criticas constructivas :)

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  7. El gobierno es el medio por el cual se hace cumplir la política del Estado, así como el mecanismo para determinar la política del Estado.Sería conveniente no repetir tanto la palabra Estado, podría sustituirse como: Determinar la política del mismo.
    Los gobiernos pueden clasificarse en varias formas. Algunas de las formas más comunes de los gobiernos son:. De igual forma en este fragmento puede sustituirse las ultimas lineas del párrafo por: Alguna de las cuales son: y mencionarlas.
    La República es un sistema organizativo del Estado donde el ejercicio del gobierno recae sobre una o varias personas, elegidas mediante voto popular o parlamentario, por periodos de tiempo limitados, para representar los intereses de los ciudadanos. El papel que juegan loa signos de puntuación es muy importformiya que en el lugar que sean puestas es el sentido que se le dará al párrafo. Es muy nonponer tantas comas seguidas si lo que sigue no es consecutivo de diversas palabras que describan algo, ya que el no ir en el lugar correcto altera el sentido de dicho párrafo.
    La palabra proviene del latín res publica, que significa 'la cosa pública', 'lo que es común'. En cuanto al significado de república sería formidable abundar más ya que antes ah este significado hay uno mas explícito y así llegar a este, respublica, ( cosa oficial o publica ), formado por res ( cosa o asunto ) y publica ( el pueblo ), publica viene de populus ( pueblo ). Así sería mejor entendible el significado que das.
    Recuerda que artículo lleva acento y es política no oolitica :).
    lo que no se debe olvidar nunca es que, es la mayoría la que decide,. Aquí sería mas conveniente escribir: lo que no se debe olvidar nunca es que, la mayoría de las personas es quien decide.

    La información es muy relevante en cuanto al tema y útil y lo sería mas si corregimos ciertos fragmentos, signos y ortografía. Quizá hayan más pero para mi es lo mas relevante.
    Buen trabajo. 👍

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  8. El gobierno es el medio por el cual se hace cumplir la política del Estado, así como el mecanismo para determinar la política del Estado.Sería conveniente no repetir tanto la palabra Estado, podría sustituirse como: Determinar la política del mismo.
    Los gobiernos pueden clasificarse en varias formas. Algunas de las formas más comunes de los gobiernos son:. De igual forma en este fragmento puede sustituirse las ultimas lineas del párrafo por: Alguna de las cuales son: y mencionarlas.
    La República es un sistema organizativo del Estado donde el ejercicio del gobierno recae sobre una o varias personas, elegidas mediante voto popular o parlamentario, por periodos de tiempo limitados, para representar los intereses de los ciudadanos. El papel que juegan loa signos de puntuación es muy importformiya que en el lugar que sean puestas es el sentido que se le dará al párrafo. Es muy nonponer tantas comas seguidas si lo que sigue no es consecutivo de diversas palabras que describan algo, ya que el no ir en el lugar correcto altera el sentido de dicho párrafo.
    La palabra proviene del latín res publica, que significa 'la cosa pública', 'lo que es común'. En cuanto al significado de república sería formidable abundar más ya que antes ah este significado hay uno mas explícito y así llegar a este, respublica, ( cosa oficial o publica ), formado por res ( cosa o asunto ) y publica ( el pueblo ), publica viene de populus ( pueblo ). Así sería mejor entendible el significado que das.
    Recuerda que artículo lleva acento y es política no oolitica :).
    lo que no se debe olvidar nunca es que, es la mayoría la que decide,. Aquí sería mas conveniente escribir: lo que no se debe olvidar nunca es que, la mayoría de las personas es quien decide.

    La información es muy relevante en cuanto al tema y útil y lo sería mas si corregimos ciertos fragmentos, signos y ortografía. Quizá hayan más pero para mi es lo mas relevante.
    Buen trabajo. 👍

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  9. Realmente interesante, yo creo que como miembros de nación es muy importante estar informados acerca de como estamos siendo gobernados y tener una idea de cómo influye la democracia en la vida de nuestro país. ✔✔

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